CONCURSO DE ACREEDORES EXPRESS

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CONCURSO EXPRESS

Habitualmente vienen a nuestro despacho empresarios que quieren cerrar empresas que no tienen bienes y que tienen muchas deudas. Lo que buscan básicamente es conseguir un cierre rápido de la empresa e intentar reducir las probabilidades de que se les derive algún tipo de responsabilidad como administradores de la compañía.

LIQUIDACIÓN SOCIETARIA Vs SOLICITUD DE CONCURSO

Muchos despachos de abogados recomiendan a sus clientes, de manera errónea, que opten por la liquidación societaria. La liquidación disuelve la sociedad pero no la extingue. Es decir, que la sociedad sigue existendo a pesar de estar disuelta. Sigue estando sujeta a ciertas obligaciones tanto societarias como fiscales.

La finalidad que persigue, por tanto, la liquidación societaria no es otra que la de vender todos los activos y finalizar todas las actividades empresariales para poder hacer frente a las deudas. Con el resultado de estas operaciones de liquidación, si hubiera algún sobrante, se repartiría entre los socios. Lo que ocurre es que, en la mayoría de estas situaciones, con las operaciones de liquidación no se llega a cubrir las deudas de la sociedad. La sociedad permanece en liquidación y no se puede extinguir. Esto conlleva que la liquidación no haya servido para nada y que, además, se pueda derivar responsabilidad al liquidador por no haber sido diligente en su actuación. Si se sabe que la sociedad es insolvente lo que se debe solicitar es el concurso.

LA SOLICITUD DE CONCURSO EXPRESS

En nuestra legislación existen mecanismos para conseguir un «cierre» rápido de la sociedad y minimizar en la medida de lo posible la responsabilidad por deudas de los administradores societarios. Este es el llamado «concurso express» que pasaremos a explicaros a continuación.

El concurso express no es otra cosa que un concurso de acreedores que se apertura y se concluye a la vez. Esta es la solución que prevé la Ley Concursal para aquellos concursos sin masa o sin apenas masa (insuficiencia de masa). Cuando nos referimos a la «insuficiencia de masa», queremos decir que no hay activos suficientes como para hacer frente a deudas que se puedan generar durante el transcurso del concurso. Por tanto, la finalidad que persigue esta figura es evitar concursos antieconómicos en los que los acreedores no vayan a poder cobrar. No olvidemos que finalidad principal del concurso es la de lograr la mayor satisfacción de los acreedores. ¿Qué sentido tendría tramitar un concurso en el que nadie va cobrar y que sólo va generar costes?

CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA

La resolución que declara el concurso y su conclusión (conclusión por insuficiencia masa), acuerda igualmente la extinción de la sociedad. Este Auto es inscribible directamente en el Registro Mercantil. La sociedad deja de estar sujeta a más obligaciones societarias y registrales. Si se actúa de manera rápida y diligente, con carácter general, el administrador no podrá verse afectado en un futuro por este cierre express del concurso. Para ello es necesario:

  • Que la sociedad no está incursa en causa de disolución.
  • Presentar el concurso dentro del plazo marcado en la Ley Concursal (dos meses desde que se debió conocer el estado de insolvencia).

Estos dos momentos, causa de disolución y estado de insolvencia, deberán ser analizados a priori por el abogado. De esta manera, se podrá determinar con claridad qué acreedores podrían reclamar al administrador una vez que haya concluido concurso por insuficiencia de masa. Dependiendo de este momento, algunos acreedores verán vedada dicha posibilidad o cuanto menos les resultará muy difícil lograr que el administrador responda con su patrimonio por una deuda impagada por la sociedad.

EPÍLOGO

En definitiva, el concurso express es una solución óptima para empresarios que quieran cerrar sus sociedades de una manera rápida y económica. Generalmente suele tardar menos de dos meses y sólo conlleva costes de abogado y procurador.

En Insolvenia hemos llevado como abogados muchos concursos express finalizados con éxito. Si deseas que te asesoremos sobre este tipo de procesos ponte en contacto con nosotros. Si el concurso es para una sociedad que cuenta igualmente con activos, o que persigue llegar a un convenio con sus acreedores, contacta igualmente con nuestro despacho. Nuestra experiencia en el ámbito concursal será una garantía para tus intereses.

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